Sin depósito de cuentas
En caso de sociedades con pérdidas y que no pagan sus deudas, la falta de depósito de las Cuentas Anuales es un indicio importante para poder reclamar contra el administrador
Cuando una sociedad tiene pérdidas que dejan su patrimonio neto por debajo de la mitad del capital, se encuentra en “causa de disolución”, y el administrador dispone de dos meses para convocar una junta que corrija la situación o disuelva la empresa. Si no lo hace, puede acabar respondiendo con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad posteriores a la causa de disolución.
No obstante, algunas empresas no depositan sus cuentas en el Registro, y el acreedor no puede saber si está en causa de disolución. En este caso, igualmente puede reclamar contra el administrador:
- La falta de depósito no comporta por sí sola que la sociedad se encuentre en causa de disolución ni la responsabilidad del administrador.
- Pero sí es un indicio cualificado de que la sociedad estaba en dicha situación si se acompaña de otros indicios (por ejemplo, la desaparición de hecho de la empresa, la falta de actividad prolongada o el impago de sus deudas).
No depositar las cuentas puede ser un indicio de que la empresa está en causa de disolución.
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“Persianazo” y responsabilidad del administrador
El administrador que no liquida ordenadamente una sociedad o incumple sus obligaciones legales incurre en responsabilidad.
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El derecho de información del socio
¿Puede el socio de una SL aprovechar la junta de aprobación de cuentas para pedir información sobre salarios, filiales o contratos?
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Aportaciones de socios para compensar pérdidas
Cuando una sociedad tiene pérdidas y no tiene reservas suficientes para compensarlas, los socios pueden aportar fondos sin necesidad de hacer una ampliación de capital.
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